Prestaciones por maternidad percibidas del INSS están exentas del IRPF.
La sentencia con Nº de Recurso 967/2014, de 6 julio de 2.016, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, devuelve a una contribuyente el IRPF de la prestación por maternidad del ejercicio 2.009. Dicho Tribunal interpreta que las prestaciones por maternidad percibidas del INSS están exentas en el IRPF.
En el 2013 la Dirección General de Tributos se vio obligada a emitir una nota informativa negando la exención fiscal.
Con esta situación, y como la referida sentencia no sienta jurisprudencia, los órganos de aplicación de los tributos están obligados a seguir la doctrina administrativa y, salvo que los Tribunales Económico-Administrativos cambiasen de criterio, para que un contribuyente tenga la posibilidad de hacer valer la exención de estas prestaciones sería necesario acudir a la vía económico-administrativa.
En la parte inferior del texto podrán consultar la sentencia.