Gastos deducibles de Navidad para Autónomos
Con la llegada de la navidad, los gastos de los autónomos se incrementan. No simplemente por la factura eléctrica, que persiste marcando récords históricos, sino que, además, se suman muchos obsequios que se acostumbran a regalar los autónomos por cuenta propia a sus empleados y clientes en esta época como cenas y comidas de navidad, tarjetas de felicitación, muestras, cestas… etc.
¿Son deducibles estos gastos?
Como cualquier gasto que realiza un negocio, estos detalles también su particular tratamiento fiscal, y, tanto Hacienda como los tribunales, han interpretado cómo deben considerarse estos gastos y, por tanto, si son o no deducibles.
En ocasiones, estos obsequios también pueden incluirse como gasto en las declaraciones para reducir la factura fiscal. Sin embargo, hay que tener en cuenta el obsequio del que se trate y el impuesto que se intente incluir.
A continuación, señalamos los más comunes:
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Cesta de navidad: IVA no deducible; IRPF deducible.
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Tarjetas de felicitación o pequeños regalos: Deducibles en IVA y IRPF.
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Comidas y cenas de Navidad: IVA no deducible; IRPF deducible.