Requisitos a cumplir por empresas y autónomos para recibir las ayudas directas
El pasado viernes 12 de marzo, el Estado aprobó destinar el fondo de 11.000 millones de euros a amparar a aquellas empresas y autónomos más afectados por la situación generada por la Covid-19. Para ello, de la cuantía anterior, 7.000 millones de euros constituirán ayudas directas para estas corporaciones.
Esta última cantidad se estipula del siguiente modo: 5.000 millones van dirigidos a las comunidades y ciudades autónomas y el resto, con valor de 2.000 millones, se destina a las islas de Canarias y Baleares.
Estas ayudas llegarán a numerosas actividades, a mencionar entre ellas: el sector de la hostelería y restauración, los sectores con acceso a los ERTE especificados en el Real Decreto-ley 2/2021, el comercio al por mayor y minorista y empresas relacionadas con la cultura y deporte, entre otras.Igualmente, los empresarios o trabajadores que estén sujetos al régimen de estimación objetivo en el IRPF atribuidos a alguno de los sectores incluidos en el Real Decreto Ley, podrán emprender la solicitud a partir de su declaración.
La responsable de economía ha establecido que la distribución del fondo se hará entre aquellas empresas que hayan registrado una pérdida de al menos el 30% de sus ingresos en el pasado año 2020. De esta manera, se llevará a cabo el siguiente reparto:
● A los autónomos que tributen en régimen de estimación objetiva se les concederá una cantidad fija de 3.000 euros.
● Las empresas y autónomos que no coticen en módulo y hayan declarado un volumen de actividad anual con una caída superior al 30% en 2020 frente al año anterior, se les otorgará una ayuda de entre 4.000 y 200.000 euros. En este punto, la ayuda a conferir como máximo será:
- Para organizaciones con 10 empleados o menos, el recurso será del 40% de la caída de sus fondos en 2020.
-
Los establecimientos que cuentan con más de 10 empleados, recibirán el 20% de la caída del volumen de su ejercicio en dicho año.
● Además, en el momento de ejecutar la solicitud, debe estar trabajando, sin cesar su actividad.
Por otro lado, para poder admitir su petición y llevarla a trámite, los destinatarios deberán cumplir las condiciones que se mencionan a continuación:
● En primer lugar, el beneficiario no debe tener su domicilio en un paraíso fiscal.
● Otro requisito será que la empresa o trabajador por cuenta propia debe estar al corriente de pagos en relación a las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social.
● Del mismo modo, se precisa que la entidad no haga un reparto de dividendos ni lleve a cabo una subida de sueldo al equipo directivo durante dos años.
● También quedarán fuera las empresas sujetas a la pena de imposibilidad de obtener cualquier ayuda o subvención o por delitos como prevaricación, malversación de caudales públicos, fraudes y delitos urbanísticos.
● En último lugar, los destinatarios tendrán que afrontar el compromiso de continuar con su actividad hasta junio de 2022, pues de lo contrario, el recurso concedido deberá ser devuelto.
Seguidamente, se ha implantado un plazo de un mes y diez días para que el Gobierno disponga formalmente de la orden de repartimiento entre las autonomías del importe de 7.000 millones. En este sentido, las comunidades autónomas administrarán este valor de forma común entre ellas.
Por último, para solicitar este beneficio, las condiciones fijadas son:
Las entidades corporativas o trabajadores por cuenta propia cuyo valor del ejercicio de 2020 sea igual o menor a 10 millones de euros y no estén adscritos al régimen de grupos en el Impuesto sobre Sociedades, podrán participar en la convocatoria abierta en su Comunidad Autónoma.
Por su parte, los empresarios y profesionales con un volumen de actividad superior a 10 millones en el pasado año y que ejecuten su actividad en varios territorios o ciudades autonómicos, podrán acceder a la convocatoria que se realicen en todos esos territorios donde opera.Este programa de ayudas tiene como fecha de finalización el 31 de diciembre de este año, de manera que las cuantías no distribuidas a último de año serán devueltas a Hacienda.