AYUDAS ACTUALES PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS
Desde que se inició el Estado de Alarma en España, han sido muchas las ayudas que se han lanzado para rescatar a empresas y pymes. Os dejamos un listado con las que, hasta la fecha, siguen vigentes:
- COVID. Incapacidad Temporal.
El aislamiento preventivo por COVID-19 se considera incapacidad temporal por enfermedad común. Tanto trabajadores como empresas tienen una guía dispuesta por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- ERTE
Se prorrogan los ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) hasta el 31 de mayo con condiciones muy similares hasta las que hay ahora mismo. Se reconocen de nuevo las exoneraciones a empresas que pertenezcan a sectores con una elevada tasa de cobertura por el expediente y una reducida tasa de recuperación de actividad.
- ERTE COVID de causas económicas, técnicas, organizativas y de producción.
Se siguen beneficiando de la simplificación de trámites y de la posibilidad de tramitar una prórroga a través de acuerdos con la representación unitaria o sindical. Se simplifican los trámites para empresas que hayan solicitado un ERTE por impedimento o limitaciones.
- Trabajadores:
- Exención del periodo de carencia.
- Aumento al 70% del porcentaje de cálculo de la base reguladora para quienes hayan consumido 180 días de prestación.
- Beneficios aplicables a las personas trabajadoras fijas discontinuas.
- Mejora de protección de las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial.
- AUTÓNOMOS
- Se extienden hasta el 31 de mayo las prestaciones actuales.
- Prestación extraordinaria por suspensión de actividad dirigida a autónomos con suspensión temporal de su actividad como consecuencia de resolución de las autoridades administrativas competentes.
- La cuantía de la prestación es del 50% de la base mínima de cotización (un 70% si es familia numerosa). Exoneración de pago de cuotas a la Seguridad Social.
- Se flexibiliza el requisito de ingresos para la prestación compatible con la actividad. Podrán solicitar la ayuda los trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50% frente al segundo semestre de 2019.
- Ayudas extraordinarias.
- DESAHUCIOS Y COMPENSACIÓN A ARRENDADORES
- Desahucios suspendidos hasta el 9 de mayo.
- No se puede desahuciar a aquellos que estén desempleados por la Covid-19, hayan sufrido un ERTE, hayan reducido su jornada por cuidado de niños o mayores y aquellos que estén afectados por pérdida sustancial de ingresos.
- Se amplía el plazo para la concesión de ayudas al alquiler por vulnerabilidad hasta el 31 de diciembre de 2021.
- PRESTACIÓN PARA TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS
Se acogen aquellos que:
- Dejen de estar afectados por un ERTE COVID para alcanzar la fecha en la que hubiera finalizado su periodo de actividad.
- Sean ohayan sido beneficiarias de una o varias medidas previstas en las letras B a D del artículo 25.6 del Real Decreto-ley 8/2020 si siguen desempleadas hasta el 31 de enero de 2021.
- PRESTACIONES DESEMPLEO
- Se prorroga el subsidio especial por desempleo de tres meses para quien haya agotado su prestación durante el primer estado de alarma.
- Prestación por desempleo de los artistas.
- Prestación por desempleo de profesionales taurinos.
- PLAN MECUIDA
- Se prorroga hasta el 31 de enero de 2021.
- Permiso de ausencia especial (no remunerado) para cuidar a quien tiene personas dependientes a su cargo sin que supongan despidos o sanciones.
- PROHIBIDOS CORTES DE LUZ, GAS Y AGUA
- Mientras dure el estado de alarma (9 de mayo) se prohíben los cortes en el suministro de electricidad, agua y gas a consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exlusión social.
- Nuevo supuesto de Bono Social para proteger a los consumidores más vulnerables afectados por la Covid-19.
- Descuento de, al menos, un 25% en la factura de la luz.
- Prolongado hasta el 30 de junio de 2021.
- MEDIDAS PARA SECTOR TURÍSTICO, HOSTELERÍA Y COMERCIO
- Reducción del coste fijo de arrendamiento de locales comerciales.
- Medidas de liquidez con una nueva línea de avales del ICO.
- Medidas tributarias, laborales y de Seguridad Social y medidas regulatorias.
- LÍNEA DE AVALES PARA EMPRESAS AFECTADAS
- Se puede solicitar una ampliación en el vencimiento de los préstamos de la Primera Línea de Avales de hasta tres años.
- Solicitar plazo adicional de carencia en el pago del principal de 12 meses.
- Rebaja dehasta el 50% de los aranceles notariales y registrales.
- Línea extraordinaria de cobertura CESCE para PYMES, empresas de mayor tamaño no cotizadas y empresas que se enfrenten a un problema de liquidez o de acceso a la financiación por el COVID-19.