27 Abril 2015
Libro hoja de reclamaciones
DECRETO 72/2008, de 4 de marzo
Es obligatorio tenerlo en todos los establecimientos abiertos al público y expuesta en sitio visible de la hoja dónde se especifique que el negocio cuenta con dicho libro.
Se contestará la hoja rellena y se entregará a la administración competente en el plazo de 10 diez hábiles, por no contestar en plazo de reclamación supone comisión de una sanción económica-administrativa.
Si desea ayuda sobre este tema no dude en ponerse en contacto con nosotros,